*Reflexiones sobre el paso trascendente de una actualización, 38 años después. El impune pecado de la falta de facultades para frenar la devastación en Quintana Roo.
Carlos Calzado C.
Cancún, Quintana Roo.- La promulgación de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), hasta hoy vigente, el 28 de enero de 1988, representó para nuestro País un avance enorme en materia de protección al ambiente; y aunque en algunas materias específicas, la ley quedó en el marco de lo que se denomina “soft law”, su expedición logró, si bien no detener del todo, si amainar la terrible devastación de los recursos naturales y la contaminación.
Este avance en materia ambiental, incluso fortaleció la soberanía nacional -por increíble que parezca-; la muestra está en la controversia que recién ganó en tribunales internacionales el Gobierno Federal en contra de la devastación que representaba la explotación de material pétreo en Playa del Carmen, Quintana Roo (Sac-Tun, o Calica). Una victoria trascendente a nivel mundial, pues se trató de frenar a una de las empresas globales más poderosas del orbe: Vulcan Materials que explota minas, no sólo en Estados Unidos, también lo hace en dos sitios en Canadá: Columbia Británica y Vancouver, y hasta hace poco, en México.
Las facultades para declarar Áreas Naturales Protegidas están contenidas tanto en el Artículo 27 Constitucional, como en la propia LGEEPA. Más allá de la politización que se hizo del “conflicto” entre el Gobierno de Andrés Manuel López Obrador en el año 2023 y la empresa norteamericana, están los hechos; una devastación trascendente del Gran Acuífero Maya y la selva; el atentado en contra de especies endémicas como el venado, el jaguar, aves, mamíferos, reptiles, debido al uso indiscriminado de explosivos; la destrucción de cenotes, cavernas, la vegetación, y en especial, del manglar.
Devastación que quedó documentada para la posteridad en el documental “Erosión” del comunicólogo Carlos Underwood y su equipo.
La LGEEPA representó la posibilidad, no sólo de declarar zonas protegidas, sino la ventaja de reglamentar su gestión; de cambiar la práctica de caza furtiva por la habilitación de UMAS, (Unidades de Manejo de la Vida Silvestre); de regular las diferentes modalidades de contaminación ambiental (residuos, emisiones a la atmósfera, visual, auditiva); de habilitar la participación ciudadana a través de su artículo 189 al 200, relativo a la denuncia popular, el cual, a pesar de haber quedado muy limitado, abrió la posibilidad de la denuncia en el marco y congruencia del artículo 4º de la CPEUM.
Una Ley que permitió la regulación particular de temas torales, a través de la promulgación de Normas Oficiales Mexicanas en materia de medio ambiente, Leyes Generales particulares y reglamentos; que definió claramente las competencias de la Federación, los estados y municipios.
LA NUEVA LEY, UN INSTRUMENTO DE JUSTICIA SOCIAL

Todo parte de la congruencia con el enunciado del artículo 4º quinto párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CEPEUM): “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley”.
El tema es que, en un sin fin de casos, en especial en Quintana Roo, quienes siguen generando ecocidios, han logrado dicha impunidad a través de la gestión maliciosa de la Ley vigente, y desde luego, con la participación de funcionarios públicos en actos de corrupción; la invasión de atribuciones de gobiernos estatales y municipales para garantizar impunidad.
En esta lógica, lo descrito sucintamente por la secretaria de Medio Ambiente (SEMARNAT), Alicia Bárcena, apunta a nuevas herramientas que no sólo garantizan la justicia ambiental, sino que prevén temas relevantes, retos ambientales que no existían en 1988 como el Cambio Climático, pérdida de biodiversidad, o contaminación de océanos y costas, para los cuales se habilitan herramientas como el Programa de Restauración Ecológica.
Habló también de mayor certeza jurídica a comunidades e inversiones, que desde mi perspectiva, fortalece también la participación ciudadana para lograr una auténtica economía circular. Esta certeza jurídica deberá estar relacionada necesariamente a instrumentos que terminen con la impunidad de delincuentes ambientales, concepto que lo mismo incluye a talamontes, traficantes de especies, cazadores furtivos y desarrolladores acostumbrados a delinquir para luego pagar multas, no hay diferencias entre ellos: son delincuentes.
Habló, asimismo de que la nueva Ley integra avances científicos y tecnológicos que considera saberes de comunidades tradicionales, así como avances en materia de gestión integral de los residuos, entre otros aspectos.
Uno de los puntos más trascendentes de esta nueva Ley, es el fortalecimiento de la participación ciudadana a través de consultas y reglas claras para la denuncia con garantías vinculantes.
LA IMPUNIDAD QUE URGE ATENDER EN QUINTANA ROO
Impunidad delincuencial representada por las 138 mil habitaciones de hotel existentes; a punto de alcanzar y rebasar a Las Vegas que en este momento cuenta con 150 mil habitaciones, de hecho, esta cifra está proyectada para el año 2030. La construcción de hoteles sobre la duna marina y devastando decenas de hectáreas de manglar por proyecto es un tema actual; ahora mismo se construyen 4 mil 400 habitaciones de hotel.
Lo impune tiene que ver con la información que trasciende desde estudios serios que son del conocimiento del Gobierno estatal, de la propia SEMARNAT y PROFEPA. Sabemos entonces que: el consumo de agua potable de un turista, en promedio es de 3 mil litros diarios; que el sector monopoliza el 69 por ciento del agua potable disponible.
Trasciende que la deforestación de manglar por la expansión de la oferta hotelera representa el 0.85 por ciento cada año, no obstante que hoy, la devastación histórica de manglares ronda el 60 por ciento.
Ecocidio representa seguir con el crecimiento de oferta hotelera, a sabiendas de que las proyecciones apuntan que, de seguir así, para el año 2056, habremos agotado la capacidad de recarga del Gran Acuífero Maya, el cual será ocupado entonces por agua salada del océano. A propósito de esto; cuando visitamos un cenote o caverna, descubrimos que las raíces de los árboles descienden hasta el agua que inunda las cavernas. ¿Sabe usted lo que ocurriría con estos árboles si las cavernas se llenan con agua salada?; ¿y después con la cadena trófica y la vida en el hábitat?
Lo anterior es sólo un aspecto no menor de la tragedia ambiental de Quintana Roo, un hábitat muy delicado que depende de la ausencia de nutrientes y la salud del manglar para contar con el mar azul turquesa que conocemos, la salud del Sistema Arrecifal Mesoamericano y en general, las condiciones naturales que representan el éxito del destino turístico.
Pero no sólo ello, representa la supervivencia de las especies endémicas y del propio ser humano en una Comunidad Biológica atacada por la ambición de quienes detentan el poder económico en el estado.
Habremos de hablar a posteriori de aspectos como el manejo inútil de los Residuos Sólidos, la existencia de Tiraderos a Cielo Abierto y el impacto ambiental consecuente; de la contaminación del Gran Acuífero Maya por el tratamiento inexistente o muy pobre de aguas residuales; la impunidad que el Gobierno estatal garantiza a la empresa Aguakan, entre otros muchos atentados a los recursos naturales.
*Carlos Calzado Calzado comunicador con un diplomado en Periodismo y Derecho Ambiental por el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM) campus Estado de México en 1998.


